Contenido de la guía
Los tipos de beneficiario de la BDNS#
Cada convocatoria indica a quién va dirigida con una de estas categorías:
- Pymes y personas físicas con actividad económica: autónomos y pequeñas y medianas empresas.
- Grandes empresas.
- Personas jurídicas sin actividad económica: asociaciones, fundaciones, ONG, comunidades de propietarios y también administraciones y entidades públicas.
- Personas físicas sin actividad económica: particulares, por ejemplo para becas o ayudas sociales.
En Subvenciona son los filtros de «Para quién».
Qué es una pyme#
La definición europea, que usan la mayoría de las convocatorias, está en el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014. Fija estos límites:
- Personas empleadas
- < 250
- Volumen de negocio anual
- 50 M€
- Como máximo
- Balance
- 43 M€
- Como máximo
Además del límite de personas empleadas, basta con cumplir uno de los dos límites económicos: el de volumen de negocio o el de balance. Hay que tener en cuenta también las empresas asociadas y vinculadas.
Requisitos que piden casi todas#
El artículo 13 de la Ley General de Subvenciones enumera las situaciones que impiden ser beneficiario. Las más habituales en la práctica:
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No tener pendiente ningún reintegro de subvenciones anteriores.
- No estar en concurso ni inhabilitado para recibir ayudas públicas.
Lo normal es acreditarlo con certificados o con una declaración responsable, y autorizar al organismo a consultarlo. Las bases de cada convocatoria pueden añadir requisitos propios, como el domicilio o la antigüedad de la actividad.
Esta guía es informativa y no sustituye a las bases de cada convocatoria ni al asesoramiento profesional.