Contenido de la guía
La respuesta corta
Ayuntamientos, consejos comarcales y diputaciones de Cataluña conceden subvenciones en dos pasos: primero aprueban unas bases y después publican una convocatoria que abre el plazo. Las bases se someten al menos 20 días a información pública y se publican en el boletín oficial de la provincia (BOPB, BOPG, BOPL o BOPT) y en el tablón de anuncios. Cada convocatoria se comunica a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). Las asociaciones tienen que presentar la solicitud por internet, identificándose con idCAT Mòbil o con un certificado digital.
¿Cómo funciona una subvención del ayuntamiento?#
Bases generales, bases específicas y convocatoria#
Los entes locales aprueban sus bases en el marco de las bases de ejecución del presupuesto, mediante una ordenanza general de subvenciones o una ordenanza específica (artículo 17.2 de la Ley 38/2003); de ahí que se hable de bases generales y bases específicas. En Cataluña, el Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales (ROAS) añade que las aprueba el pleno, que pasan un mínimo de 20 días de información pública y que se publican en el boletín provincial y en el tablón, con una referencia en el DOGC (artículo 124). Después, cada convocatoria fija el dinero y el plazo.
Barcelona tiene una normativa general de 2010, unas bases reguladoras de su convocatoria general publicadas en el BOPB el 24 de noviembre de 2021 y una convocatoria cada año. Santa Maria d'Oló convocó sus ayudas a entidades de 2026 con unas bases específicas aprobadas por el pleno el 26 de julio de 2018 (BDNS 926719).
- Barcelona, convocatoria general de 2026
- 20.673.781,02 €
- 97 líneas en 25 ámbitos
- Santa Maria d'Oló, entidades de 2026
- 3.000 €
- Actividades culturales y sociales
El ROAS dice que la subvención no superará, normalmente, el 50 % del coste de la actividad (artículo 123.4). Barcelona aplica ese tope como regla general en 2026.
Concurrencia competitiva o subvención nominativa#
El procedimiento ordinario es la concurrencia competitiva: se comparan las solicitudes con criterios publicados y el dinero va a las mejor valoradas (artículo 22.1). La subvención nominativa figura en el presupuesto con su beneficiario y su importe y se concede de forma directa (artículo 22.2.a; artículo 125.2 del ROAS), sin convocatoria a la que presentarse. Más en la guía sobre concurrencia competitiva y concesión directa.
Comarcas y provincias son entes locales como los municipios (artículos 1 y 2 del texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña) y siguen las mismas reglas. Las diputaciones también subvencionan a municipios y comarcas (artículo 92.2), y la de Girona separa en su sede esas líneas de las de entidades, empresas y ciudadanía.
¿Dónde se publican las subvenciones del ayuntamiento?#
En el boletín oficial de la provincia#
Cada diputación edita el boletín de su provincia, donde salen las bases y las convocatorias.
| Provincia | Boletín | Lo edita |
|---|---|---|
| Barcelona | BOPB | Diputación de Barcelona |
| Girona | BOPG | Diputación de Girona |
| Lleida | BOPL | Diputación de Lleida |
| Tarragona | BOPT | Diputación de Tarragona |
El BOPB se consulta gratis desde primera hora del día de publicación (BOPB).
En el tablón y en la sede electrónica#
El Consorcio AOC ofrece a los entes locales el e-TAULER, un tablón electrónico que se integra en la sede (AOC).
En la BDNS y en el CIDO#
Toda convocatoria sujeta a la Ley 38/2003 se comunica a la BDNS, que en el sector local envía el extracto al diario oficial; saltarse ese paso hace anulable la convocatoria (artículo 20.8.a). Más en la guía qué es la BDNS.
El CIDO de la Diputación de Barcelona cubre toda Cataluña: recoge las ayudas del BOE, el DOGC y los cuatro boletines provinciales, y lo que encuentra en webs oficiales (ayuda del CIDO). Su filtro por municipio muestra lo que se puede pedir desde un pueblo, convoque quien convoque.
¿Cómo se presenta la solicitud?#
Por internet, con alguna excepción#
Las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica están obligadas a usar medios electrónicos (artículo 14.2 de la Ley 39/2015). Si una asociación entrega la solicitud en papel, se le pedirá que la presente por internet y contará la fecha de esa subsanación (artículo 68.4). Las personas físicas pueden elegir, salvo que la administración las obligue (artículo 14.3). Barcelona obligó también a los particulares en su convocatoria general de 2026. Santa Maria d'Oló, en cambio, admitía el modelo normalizado en su registro.
Formulario específico o instancia genérica#
Si la convocatoria tiene un trámite propio en la sede, se usa ese. Si no, algunos ayuntamientos admiten la instancia genérica con el formulario de la convocatoria adjunto, como explica El Masnou en su guía de 2026.
Para identificarte y firmar puedes usar el idCAT Mòbil, que es gratuito y se obtiene al momento por internet, o el idCAT Certificat, que se pide en una oficina o por videoidentificación (idCAT). Para actuar en nombre de una entidad existe el certificado de representante, que se obtiene en Correos o en proveedores privados.
Busca la convocatoria
En el boletín provincial, el tablón o el CIDO.
Lee bases y convocatoria
Requisitos, porcentaje máximo, gastos admitidos y justificación.
Entra en la sede electrónica
Trámite propio o instancia genérica con el formulario adjunto.
Firma y guarda el justificante
Sin número de registro de entrada no hay solicitud.
Más en la guía sobre cómo presentar la solicitud.
¿Qué pasa después de pedirla?#
Resolución#
Cada convocatoria fija el plazo para resolver, y si pasa sin respuesta la solicitud se entiende desestimada: tres meses en Santa Maria d'Oló, seis desde el cierre de solicitudes en Barcelona. Estas son las fechas de Barcelona (Ayuntamiento de Barcelona):
24 nov 2021
El BOPB publica las bases reguladoras definitivas.
12 dic 2025
El BOPB publica la convocatoria de 2026.
8 ene 2026
Se abre el plazo de solicitudes.
15 ene 2026
La convocatoria entra en la BDNS con el código 881634.
29 ene 2026
Último día, tras ampliar un día el plazo.
12 may 2026
El BOPB publica la resolución provisional.
29 jul 2026
El BOPB publica la resolución definitiva.
Justificación#
Si las bases no dicen otra cosa, la cuenta justificativa se presenta como máximo tres meses después de acabar el plazo de la actividad, y no justificar obliga a devolver el dinero (artículo 30 de la Ley 38/2003). En Barcelona hay dos meses desde que termina el proyecto, con facturas escaneadas al menos por el importe subvencionado, e informe de auditor si el proyecto llega a 150.000 euros o la ayuda a 30.000. Más en la guía sobre cómo justificar una subvención.
¿Cómo sigo las convocatorias de mi municipio?#
Ninguna fuente basta por sí sola. La ficha de Barcelona en la BDNS sigue marcando el 28 de enero como último día. La de Santa Maria d'Oló no da fechas: dice que el plazo dura 20 días naturales desde la publicación en el BOPB, que fue el 1 de septiembre de 2026. El CIDO calculó el cierre el 21 de septiembre.
El BOPB envía gratis por correo, el mismo día, los anuncios de los emisores y tipos que elijas (difusión selectiva). El BOPT, renovado en abril de 2025, permite suscribirse a organismos o temas (Diputación de Tarragona).
En Subvenciona tienes las convocatorias abiertas de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona, las de entidades sin ánimo de lucro en Cataluña o las de cada ayuntamiento en organismos. Subvenciona no es un organismo oficial y toma sus datos de la BDNS. Si pides para una entidad, consulta también la guía de subvenciones para asociaciones.
Fuentes#
Esta guía es informativa y no sustituye a las bases de cada convocatoria ni al asesoramiento profesional.